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Si bien en el país ya existía una norma que regulaba la implementación de este tipo de elementos (resolución 3426 de 2018), el Ministerio de Transporte publicó el pasado 3 de mayo una nueva resolución mediante la cual se reglamenta el uso de cintas retrorreflectivas para los vehículos de más de 9 pasajeros, que prestan servicio público, particular y de carga con peso bruto vehicular superior a 0,75 toneladas.

Esta medida busca brindar una protección a todos los actores viales que circulan en las rutas de Colombia. Teniendo en cuenta que el 60% de los accidentes se produce en horas de la noche, esta medida reduce este índice porque aumenta la visibilidad que, en ocasiones, adolecen estos vehículos en carreteras y zonas rurales.

¿En cuáles vehículos aplica?

Esta medida entrará en vigencia de forma programada y transitoria para:

• Vehículos remolques y semirremolques destinados al transporte terrestre de carga, con peso bruto superior a 0,75 toneladas.

• Vehículos de servicio público y particular destinados al transporte terrestre de carga.

• Vehículos de servicio público, particular o mixto destinados al transporte de pasajeros, con capacidad mayor a 9 pasajeros incluido el conductor, que transiten por las vías públicas o privadas.

• Maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada, que transiten por las vías públicas o privadas.

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